Sistema de control
Organismo de Control
Las entidades financieras están vigiladas por un organismo del Gobierno llamado Superintendencia Financiera de Colombia
La Superintendencia Financiera, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, supervisa la actividad financiera, aseguradora y provisional (relacionada con las pensiones)
Obligaciones de las Entidades Reguladas (entidades financieras)
Suministros y administración de información
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Suministrar información al público acerca del Defensor del Consumidor Financiero.
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Suministrar información comprensible y publicidad transparente, clara, veraz y oportuna.
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Dar a conocer a través de los diferentes canales el costo de las operaciones, previamente a que estas se realicen, dando la posibilidad al cliente de completarlas o no.
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Aportar información acerca del estado de los productos.
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Permitir la consulta gratuita, al menos una vez al mes, del estado de los productos y servicios, por el canal que defina la entidad.
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Atender las solicitudes, quejas o reclamos de los consumidores.
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No requerir al consumidor información personal que ya posea la entidad, sin que esto excluya la obligación del consumidor de actualizar su información.
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Guardar reserva de la información suministrada por el consumidor financiero, sin perjuicio de las solicitudes de las autoridades competentes.
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Aportar información acerca del estado de los productos.
Calidad, condiciones contractuales y costos de producción y servicios
- Entregar el producto o prestar el servicio en las condiciones ofrecidas o pactadas, empleando estándares adecuados de seguridad y calidad.
- Proveer los recursos necesarios para brindar una atención eficiente y oportuna a los consumidores.
- Abstenerse de incurrir en abusos contractuales o emplear cláusulas que puedan afectar el equilibrio del contrato o dar lugar a un abuso de posición dominante contractual.
- Elaborar los contratos y sus anexos con claridad, en caracteres legibles a simple vista y ponerlos a disposición de los clientes.
- Abstenerse de hacer cobros no pactados o no informados previamente.
- Abstenerse de realizar cobros por gastos de cobranza prejudicial sin haberse desplegado una actividad real encaminada a dicha gestión.
Otras obligaciones
- Contar con un Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC)
- Disponer de medios electrónicos y controles idóneos para brindar seguridad en las transacciones
- Desarrollar programas y campañas de educación financiera