Resolvemos todas tus dudas sobre la Resolución 002/2024 para hacer uso del servicio en la solicitud y cambio de billetes y/o monedas metálicas de baja denominación en nuestra Red de Oficinas.
¿Qué es la Resolución 002 de 2024?
Es una normatividad emitida por el Banco de la Republica que establece condiciones para la solicitud y cambio de billetes y monedas metálicas por parte de los establecimientos de crédito.
¿Vigencia en Colombia?
A partir del 22 de marzo de 2025.
¿Cuáles canales se definen para la prestación del servicio?
Red de Oficinas a nivel nacional
¿A quiénes se les presta este servicio?
Clientes de la entidad.
Oficinas y horarios para la prestación del servicio
Jornada Normal: Lunes a Viernes: 08:30 a.m. a 4:00 p.m.
Jornada Adicional: Lunes a Viernes: 8:30 a.m. a 7:00 p.m. / Sábado: 10:00 a.m. a 3:00 p.m.
Consulta ubicación y horario de nuestras oficinas a nivel nacional aquíTérminos y Condiciones
De conformidad con la Resolución 002 de 2024, las sucursales tendrán a disposición el cambio de billetes y monedas metálicas de baja denominación según montos establecidos por oficina y criterios de cambiabilidad de billetes y monedas establecidos por el Banco de la República mediante reglamentación de carácter general.
El cambio de billetes y/ monedas se realizará únicamente a clientes del banco y en el horario de atención de la oficina:
Oficinas sin límite: Para solicitudes de cambio de billetes y/ monedas por montos superiores a COP5.000.000 el cliente debe hacer la solicitud mínima con un día hábil de anterioridad. Ver anexo
Oficinas con límite: Para solicitudes de cambio de billetes/monedas por montos máximo hasta COP2.000.000. Ver anexo
Conoce más acerca de la Resolución 002 de 2024 dando clic aquí