Seguridad en sus cobros de importación y/o exportación con las cobranzas documentarias
Expanda las oportunidades de su empresa internacionalmente con las cobranzas documentarias
Este servicio consiste en la gestión de cobro, por parte de la entidad financiera, de un determinado monto, ya sea por la compra o la venta de productos, es decir, es un medio de pago internacional mediante el cual un banco local, actuando a solicitud de un cliente, recibe documentos de carácter financiero de un tercero que exporta y/o importa, como por ejemplo:
- Pagarés.
- Letras de cambio y/o comerciales.
- Facturas.
- Documentos de embarque.
- Certificados, etc.
¿Cuál es el beneficio en su negocio o empresa?
Lo fundamental es que el importador obtenga financiación del Banco para pagar al exportador y obtener sus documentos necesarios para la nacionalización de la mercancía o para el pago al exportador una vez se cumpla el plazo de pago acordado entre las partes soportado en la letra de cambio aceptada.
Conozca las características de las cobranzas documentales:
- Asegurar al importador que contra el pago o aceptación recibirá los documentos necesarios para la nacionalización de la mercancía.
- El exportador tiene la seguridad de que el importador solo podrá disponer de la mercancía si efectúa el pago o la aceptación de una letra o giro.
- Tiene a su alcance un medio de pago ágil y sencillo de tramitar.
- Los bancos que intervienen en el proceso no tienen obligación frente al girado / importador.
- Para el trámite de este producto, el cliente exportador o importador debe pagar a su entidad financiera las comisiones establecidas por la prestación de este servicio.
- Generalmente, se usa como alternativa cuando la relación entre el importador y exportador es lo suficientemente fuerte y confiable, con una buena trayectoria de crédito y cumplimiento.
Todo lo anterior tiene como fin de que las empresas tengan más seguridad en sus cobros de importación y/o exportación.
¿Quién puede aplicar a este producto o servicio?
Todas las empresas legalmente constituidas en Colombia y las personas naturales que efectúen importaciones y exportaciones.
¿Qué legal aplica?
•Circular Externa No. 1 de 2018 emitida por la Junta Directiva del Banco República y Circular Reglamentaria DCIN 83 del Banco República.
•Norma Internacional UCP 600 “Uniform Customs and Practice for Documentary Credits” de la Cámara de Comercio Internacional.
•Publicación Internacional 522 “Reglas Uniformes Relativas a las Cobranzas” de la Cámara de Comercio Internacional. (aplica para cobranzas documentarías)