Implemente sistemas de prevención del lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva

¿Es cliente del sector minero o de otros sectores de la economía y debe implementar un SAGRILAFT o similar?
Conozca las principales obligaciones en la materia


Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – SAGRILAFT

¿Qué es el Lavado de Activos?

El lavado de activos es el proceso mediante el cual organizaciones criminales buscan dar apariencia de legalidad a los recursos generados de sus actividades ilícitas. En términos prácticos, es el proceso de hacer que dinero sucio parezca limpio, haciendo que las organizaciones criminales o delincuentes puedan hacer uso de dichos recursos y en algunos casos obtener ganancias sobre los mismos.

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¿Qué es el Financiamiento del Terrorismo?

La Financiación del Terrorismo está relacionada con los fondos, bienes o recursos a los que acceden las organizaciones terroristas o los terroristas para poder costear sus actividades. El terrorismo se define como un método para realizar acciones violentas repetitivas, utilizando individuos, grupos o actores clandestinos (semi) estatales, por razones ideológicas, religiosas, o políticas.

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¿Qué es Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva?

Es todo acto que provea fondos o utilice servicios financieros, en todo o en parte, para la fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, trasiego de material, fraccionamiento, transporte, trasferencia, depósito o uso dual para propósitos ilegítimos en contravención de las leyes nacionales u obligaciones internacionales, cuando esto último sea aplicable.

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¿Qué es el SAGRILAFT?

Es un sistema de administración que deben implementar las empresas del sector real para evitar ser utilizadas por sus contrapartes (clientes, accionistas, proveedores, empleados, contratistas, entre otros) como instrumento para el lavado de activos, la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas o de proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FPADM), o cuando se pretenda el ocultamiento de recursos provenientes de dichas actividades.

El SAGRILAFT se instrumenta a través de políticas y procedimientos que deben abarcar todas las actividades que realizan las empresas en desarrollo de su objeto social.

 

¿Quiénes están obligados a implementar el SAGRILAFT?

Las empresas del sector real sujetas a la vigilancia o al control que ejerce la Superintendencia de Sociedades que cumplan con los criterios de ingresos o activos, o de actividad económica que se detallan a continuación:


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Sector

​Que cumpla con alguno de los siguientes

​Ingresos totales / activos a 31 de diciembre del año anterior (iguales o superiores; expresados en SMMLV)

​Empresas vigiladas o controladas

Sin importar la actividad

​40.000

​Sector de agentes inmobiliarios

​Actividad inmobiliaria y negocios y transacciones en relación con dicha actividad superiores a 100 SMLMV.

​30.000

​Sector de comercialización metales y piedras preciosas

​Comercialización de metales preciosos.

​30.000

Sector de servicios jurídicos​

​Código CIIU M6910

​30.000

​Sector de servicios contables

​Código CIIU M6920

​30.000

​Servicios de construcción de edificios y obras de ingeniería civil

​Código CIUU 4111, 4112, 4210, 4220 0 4290

​30.000

Servicios de Activos Virtuales

​Empresas que realicen actividades u operaciones iguales o superiores a 100 SMLMV, tales como:

​3.000
5.000

1. Intercambio entre Activos Virtuales y monedas fiat;

2. intercambio entre una o más formas de Activos Virtuales;

3. Transferencia de Activos Virtuales;

4. custodia o administración de Activos Virtuales;

5. Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor o venta de un Activo Virtual; y

6. en general, servicios relacionados con Activos Virtuales.

​Sector de supervisión especial o regímenes especiales

SAPAC Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial

Sociedades Operadoras de Libranzas

Mercadeo multinivel

Fondos Ganadero

Sociedades que realizan actividades de Factoring

Empresas que reciban aportes en Activos Virtuales

Las Empresas que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren recibido uno o varios aportes de Activos Virtuales iguales o superiores (individualmente o en conjunto) a cien (100) SMLMV

Final del formulario

 


No obstante, las empresas que lo decidan pueden implementar de manera voluntaria el SAGRILAFT.


¿Cuál es su importancia del SAGRILAFT en la gestión empresarial?

El Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva son fenómenos delictivos que constituyen grandes amenazas para las empresas del sector real y en general para el orden económico y social del país. Estas amenazas pueden traducirse en la ocurrencia de riesgos operacionales, legales, reputacionales y de contagio, entre otros, que afectan los resultados de la empresa, su buen nombre y continuidad.

El incumplimiento en la implementación del SAGRILAFT da lugar a las investigaciones administrativas que sean del caso y en consecuencia a la imposición de las sanciones administrativas a la empresa, al Oficial de Cumplimiento, su revisor fiscal o a sus administradores, sin perjuicio de las acciones que correspondan a otras autoridades. Dentro de estas ultimas se encuentra la Fiscalía General de la Nación, si se determinan además que existen conductas punibles.

¿Cómo implementar el SAGRILAFT?

  1. Adecuación legal

Las empresas obligadas o que decidan implementar un SAGRILAFT de manera voluntaria deben establecer una política de LA/FT/FPADM y un manual de procedimiento de gestión del riesgo LA/FT/FPADM (Manual SAGRILAFT), para lo cual deberán analizar el tipo de negocio, la operación, el tamaño, las áreas geográficas donde opera y demás características particulares con el fin de comprender cómo pueden materializarse los riesgos de LA/FT/FPADM. Para la identificación y manejo de los riesgos LA/FT/FPADM se debe aplicar un enfoque basado en riesgos, es decir, a mayor riesgo mayor control.

 

  1. Adecuación organizativa

La empresa en cabeza de su representante legal y su junta directiva, o el máximo órgano social, debe disponer de las medidas operativas, económicas, físicas, tecnológicas y de recursos que sean necesarias para que se lleve a cabo una adecuada implementación del SAGRILAFT. Con el fin de verificar que esta implementación se lleve a cabo con éxito se deberá designar un Oficial de Cumplimiento, quien deberá acreditar, en otros requisitos, conocimientos en materia de administración de riesgos.

Un aspecto relevante en la adecuación organizativa del SAGRILAFT es la asignación de funciones de forma clara a todas las personas involucradas en su funcionamiento, lo cual debe estar acompañado de la correspondiente capacitación en la materia.

 

  1. Adecuación operativa y técnica

La empresa deberá implementar procedimientos de debida diligencia que les permita identificar a sus contrapartes, verificar su identidad, consultar las listas vinculantes (Listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas) y de vigilancia (por ejemplo, Listas de programas de sanciones de OFAC), obtener información sobre el propósito y el carácter de la relación comercial, y cuando sea necesario entender el origen de los fondos. Estos procedimientos deben contemplar el análisis de las transacciones llevadas a cabo en desarrollo de la relación comercial con las contrapartes, con el fin de asegurar que son consistentes con el conocimiento que se tiene de las mismas. Para este análisis se deberá construir una base de datos u otros mecanismos que permitan consolidar e identificar alertas presentes o futuras. Cuando el resultado de los análisis efectuados permita advertir la existencia de situaciones que no se ajustan a las pautas de normalidad establecidas por la empresa, se deberá hacer el reporte de Operación Sospechosa a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) a través de los canales establecidos por la misma.

 

¿Dónde aprender más acerca del SAGRILAFT?

La Superintendencia de Sociedades pone a disposición del público en general el curso virtual “Lucha contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva – LA/FT/FPADM” el cuál puede encontrar en el siguiente link:

clic aquí

Para mayor detalle de acerca de las obligaciones normativas en materia de SAGRILAFT puede consultar la Circular Básica Jurídica – Capitulo X Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral LA/FT/FPADM y Reporte de Operaciones Sospechosas a la UIAF expedida por la Superintendencia de Sociedades. 


¿Eres cliente del sector minero?

Si la actividad económica de la Entidad es o se relaciona con el sector minero se recomienda consultar la Guía para la inclusión financiera del sector minero que fue publicada por la Asobancaria donde se contextualiza sobre los diferentes tipos de actividades mineras y el marco regulatorio que este sector debe adoptar en relación con la prevención del riesgo LA/FT/FPADM para poder acceder a los servicios y productos financieros de las Entidades Financieras. Esta Guía la puede encontrar en el siguiente link:

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Aviso Legal

La presente iniciativa tiene un carácter eminentemente informativo y bajo ningún entendido representa ni podrá ser entendida como una asesoría tributaria y/o financiera por parte de Scotiabank Colpatria S.A.