Apoyo a las Empresas Afectadas por el Paro nacional– AEAP
Apoyo a las Empresas Afectadas por el Paro nacional– AEAP
El artículo 26 de la Ley 2155 de 2021, con el fin de reactivar la economía y apoyar a las empresas afectadas por el paro nacional, creó el Apoyo a las Empresas Afectadas por el Paro nacional (en adelante referido indistintamente como “AEAP” o “el Programa”). A través de este Programa, el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgará a los empleadores personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos un aporte estatal para contribuir al pago de obligaciones laborales de los meses de mayo y junio de 2021.
La cuantía del aporte estatal a otorgar en el marco de este Programa corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el veinte por ciento (20%) del valor del salario mínimo legal mensual vigente.
No podrán acceder a este Programa, quienes:
- Tengan menos de dos (2) empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicha persona natural.
- Sean Personas Expuestas Políticamente (PEP).
Todo lo anterior teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución 2474 de 2021.
Para realizar la solicitud deberá adjuntar los siguientes documentos:

Formulario de postulación estandarizado definido por la UGPP, debidamente diligenciado y firmado por el representante legal de la empresa, consorcio, unión temporal, cooperativa de trabajo asociada, entidad fiduciaria que actúa como vocero o administrador del patrimonio autónomo o la persona natural empleadora. En todo caso el postulante o persona natural postulante, debe ser cliente del banco.
El tipo y número de identificación con el cual el postulante diligencie el formulario deberá corresponder con el tipo y número de identificación con el cual el potencial beneficiario cumple todos los requisitos para acceder al programa (pagos en PILA, registro mercantil, Registro Único de Afiliaciones, RUT).
En este link: Instructivo y formulario podrá encontrar un ejemplo del formulario de postulación. Así mismo podrá consultar el instructivo de diligenciamiento. Sin embargo, solo lo debe diligenciar al momento de radicar su postulación y radicar sus documentos. Encuentre esta opción al finalizar el instructivo.
En el mismo formulario encontrará las opciones para solicitud de postulación al AEAP para los meses vigentes de acuerdo a las resoluciones y cronogramas asociados al Programa.

Certificación de cumplimiento de requisitos firmada por la persona natural empleadora o representante legal y revisor fiscal/contador, indicando (esta información está incorporada en el formulario de postulación estandarizado y se expone a manera informativa):
- ó caída de al menos el 20% de sus ingresos, al comparar los ingresos del mes del aporte (mayo y/o junio de 2022) con los obtenidos en marzo de 2021.
- ó que los empleados sobre los cuales se reciba el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior al de la postulación.
Para el caso de beneficiarios que se encuentren en procesos de reestructuración y liquidación, tanto el Formulario Estandarizado como la Certificación de Cumplimiento de Requisitos, deberán ser suscritos por el promotor o liquidador respectivo, según corresponda.
Para el caso de beneficiarios que se encuentren en procesos de reestructuración y liquidación, tanto el Formulario Estandarizado como la certificación de cumplimiento de requisitos, deberán ser suscritos por el promotor o liquidador respectivo, según corresponda.
El formato de esta certificación lo puede descargar aquí: Instructivo y Formulario certificación por favor diligencie todos los campos de la certificación conforme al instructivo adjunto.
Así mismo tenga en cuenta que en el link podrá descargar la certificación de cumplimiento de requisitos correspondiente al AEAP.
Tenga en cuenta que para evitar devoluciones de su solicitud el formato “Certificación de Cumplimiento de Requisitos” debe marcar solo una de las dos opciones por medio de la cuál indica que disminuyeron los ingresos. Esta debe ser la misma a la que se indica en el Formulario Estandarizado AEAP.
Las entidades sin ánimo de lucro, Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos deben anexar copia del Registro Único Tributario - RUT. Estos últimos, deberán ser declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios.
Los postulantes con crédito de nómina con garantía del Fondo Nacional de Garantías deben postularse en la misma entidad financiera con la cual tienen dicho producto.
Si es un establecimiento educativo no oficial de educación formal adicional a los dos formularios deberá adjuntar licencia de funcionamiento y cargarlo en la página en el tipo de documento “RUT”.
El registro mercantil, según sea aplicable, deberá haber sido realizada antes del 6 de mayo de 2020 y renovada por lo menos en 2019 y hasta la fecha máxima de postulación.
En caso de ser una persona jurídica, que la misma haya sido constituida antes del 6 de mayo de 2020
Por cada mes de solicitud del Aporte Estatal debe realizarse una nueva postulación y adjuntar los documentos requeridos.
Proceso de restitución de subsidios por parte de beneficiarios
Este proceso aplica y debe ser utilizado por todos los beneficiarios de subsidio PAEF - PAP – Incentivo a la Generación Nuevo empleo y AEAP que consideren que deben reintegrar algún valor que hayan recibido por estos conceptos.
Tenga en cuenta la siguiente información antes de diligenciar el formato:
Guía para el diligenciamiento de la carta. Descargar.
Es necesario que al momento de diligenciar el formato tenga en cuenta el periodo, el número de aportes que va a restituir y el valor según corresponda, ya que debe diligenciar en el formato la cantidad de aportes y el valor total de los mismos.
Los pasos a seguir para restituir son los siguientes:
- Descargar y diligenciar formato dando click aquí
- Enviar el formato al Buzón aliviosnomina@colpatria.com , solicitando se realice la verificación del formato y el número de cuenta donde se debe consignar el dinero correspondiente a la restitución.
- Realizar la transferencia a la cuenta de recaudo indicada por el banco.
- Enviar soporte de la transferencia al Buzón aliviosnomina@colpatria.com solicitando se realice la devolución.
- Una vez el correo se recibe el Banco trasladara la información al ministerio de hacienda.
Importante:
- En este ciclo de radicación del mes de noviembre de 2021 podrá postularse para los meses de mayo y junio de 2021, para lo cual deberá presentar una solicitud independiente por cada mes junto con el anexo certificación y el RUT si aplica.
- Tenga en cuenta las fechas de postulación señaladas en el Manual Operativo publicado por el MHCP, dentro de las cuales debe registrar su solitud a través del a página web: (https://www.scotiabankcolpatria.com/yomequedoencasa/nomina). Le sugerimos iniciar sus trámites lo antes posible para tener oportunidad de subsanar inconsistencias dentro las fechas establecidas.
- Para el ciclo de postulación del mes de Noviembre la radicación de postulaciones para el AEAP se debe realizar a través de la página web: https://www.scotiabankcolpatria.com/yomequedoencasa/nomina, desde el 26 de Noviembre y hasta el 2 de diciembre de 2021 a las 4 pm. Solo para la radicación de las regularizaciones de solicitudes radicadas en el término antes indicado, se habilitará el portal web el 3 de diciembre de 2021 de 11:00 am a 7:00 pm.
- Scotiabank Colpatria actúa como intermediario para recibir la solicitud del Apoyo a las Empresas Afectadas por el Paro nacional. La entidad encargada de aprobar el otorgamiento del subsidio es la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales).
- Recuerde que la postulación al Programa de Apoyo a las Empresas Afectadas por el Paro nacional no implica el derecho a recibir el subsidio. Esta determinación será tomada por la UGPP.
- En especial, le son aplicables las disposiciones relacionadas con la exención del gravamen a los movimientos financieros (GMF), exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA), retención en la fuente e inembargabilidad dispuestas en los artículos 10, 10-1 y 11 del Decreto Legislativo 639 de 2020 y la fiscalización por parte de la Unidad de Pensiones y Parafiscales de la Seguridad Social - UGPP.”
- La información contenida en esta comunicación es de carácter informativo, pero no reemplaza en ninguna medida lo dispuesto en la Resolución 2474 del 15 de octubre de 2021, la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, el Manual Operativo Apoyo a Empresas Afectadas por el Paro Nacional – AEAP - o las demás normas concordantes, que las complementen o modifiquen de tiempo en tiempo, por lo que cada postulante es responsable de revisar dichas normas para efectos de conocer los detalles para cumplir con los requisitos para obtener el apoyo ofrecido mediante el Programa.
- Los documentos que debe adjuntar para la solicitud de marzo son:
- Formulario Estandarizado AEAP y así se está solicitando.
- Certificación Cumplimiento de Requisitos
- RUT (Si aplica).